Por todos los razonamientos anteriormente expuesto, esta Corte de Apelaciones en lo Penal, Civil, Mercantil, Tránsito, Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, y Contencioso Administrativo de la Región Amazonas de la Circunscripción Judicial del estado Amazonas, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: Ser competente para conocer de la presente Acción de Amparo. SEGUNDO: HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO de la acción efectuado, por la representación de la parte actora en la presente causa contentiva de acción de amparo incoada por la ciudadana Yoskary Karelys Sánchez Milano, antes identificada, contra la ciudadana Nirma Guarulla, en su condición de Presidenta del Consejo Legislativo del estado Amazonas.