ESTE TRIBUNAL SEGUNDO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO AMAZONAS, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, hace los siguientes pronunciamiento: DECRETA PRIMERO: Se decreta la calificación en flagrancia y se acuerda continuar por el procedimiento Especial de conformidad con lo establecido en el artículo 94 De la Ley Orgánica Sobre el Derecho de la Mujer a una vida Libre de Violencia en contra del ciudadano NORBERTO HERNANDEZ CADENAS, portador de la cédula de identidad Nº V-24.991.707, natural de puerto carreño-Vichada, nacido en fecha 14-07-69, de 40 años, soltero, profesión u oficio Taxista, hijo de Roberto Hernández (f) y de Marcelina Cadenas (f), reside Barrio Luisa Caceres, calle principal de esta ciudad, por la presunta comisión del delito de VIOLENCIA FISICA, previstos y sancionado en el artículo 42 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de la Mujer a una Vida Libre de Violencia en perjuicio de la ciudadana: Luz Amanda Bautista Pérez. SEGUNDO: Ahora bien.....