Por todas las razones de hecho y de derecho expuestas, este TRIBUNAL ÚNICO DE PRIMERA INSTANCIA, EN FUNCIÓN DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO AMAZONAS, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, dicta los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Declara Penalmente Responsable al adolescente hoy joven adulto acusado de autos, IDENTIDAD OMITIDA de conformidad con el artículo 65 de la Lopnna, por la comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO previsto en el artículo 458 en concordancia con el articulo 83 ambos del Código Penal, ROBO AGRAVADO DE VEHICULO AUTOMOTOR, previsto en el artículo 5 con las agravantes establecidas en el artículo 6 ordinales 1, 2, 3 y 10 de la Ley sobre el Hurto y Robo de Vehículo Automotor, en perjuicio de los ciudadanos OMAR CÁRDENAS, NILEIDA CHIRINOS y MARÍA JORDÁN; AGAVILLAMIENTO, previsto en el artículo 286 del Código Penal, en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO y VIOLENCIA SEXUAL AGRAVADA, previst.....