En base a las consideraciones antes expuestas, ESTE TRIBUNAL SEGUNDO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO AMAZONAS, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, hace los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: DECRETA la Suspensión Condicional del Proceso seguido en contra del ciudadano JOSE GREGORIO PEREZ GARCIA, de nacionalidad venezolana, titular de la cédula de identidad N° V- 15.304.395, natural de Puerto Ayacucho, estado Amazonas, fecha de nacimiento 13-07-1981, de 27 años de edad, Residenciado en el Hotel Aventura, vía alto carinagua de esta ciudad, por la comisión de los delitos de Violencia Psicológica y Violencia Física Agravada, previstos y sancionados en los artículos 39 y 42, segundo aparte, de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana YASMIN AMAZONAS ESCOBAR SALAZAR, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 42 y 44 del Código Orgánico Procesal Penal, fijá.....