Por todo lo anteriormente expuesto este Tribunal Tercero de Primera Instancia en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Amazonas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA: PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de calificación de aprehensión en flagrancia de los ciudadanos JUAN JOSE VIOLARIA CHACON, de conformidad con lo establecido en el articulo 248 del Código Orgánico Procesal Penal y 44.1 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, JUAN JOSE VILORIA CHACON C.l.V- 19.289.279, natural de caracas de fecha de nacimiento 05-03-89, de 23 años de edad, soltero, profesión comerciante, residenciado en Guaicaipuro I tercera calle casa 1536, de color anaranjada, al alado del colegio Rómulo Betancourt y al lado de la cancha, de piel blanca, labios gruesos, ojos negro grande, de peso 85 kgmos 1. 66 de estatura tatuaje espalda de una persona , en la pierna de dragón y a.....