este Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Amazonas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley; de conformidad con el artículo 131 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, PROLONGA la medida de colocación familiar a favor del adolescente IDENTIDAD OMITIDA, en el hogar de los ciudadanos antes identificados, por el lapso de seis (06), meses más, contados a partir de la publicación del presente auto, a los fines de garantizar el derecho del adolescente a permanecer en el seno de una familia. Expídase la respectiva constancia. Líbrese lo conducente. Cúmplase lo ordenado.-
ABG. MAGALY JOSEFINA CEBALLOS
JUEZ UNIPERSONAL N° 02 DE LA SALA DE JUICIO DEL
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO AMAZONAS
EL SECRETARIO DE LA SALA (S)
ABG. YORS E. ACUÑA B.
En esta misma fecha se le d.....