Vistos y oídos los alegatos de las partes concatenados con la revisión de las actas policiales este Juzgado Primero de Primera Instancia Penal en Función Control de la Circunscripción Judicial del estado Amazonas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley emitió los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se califica la Aprehensión en Flagrancia del ciudadano GILDARDO COY MOTTA, de nacionalidad venezolana, titular de la Cédula de Identidad N°13.692.575, de 34 años de edad, soltero, de profesión u oficio Comerciante, domiciliado en el sector Los Lirios, casa N°03, Puerto Ayacucho, estado Amazonas, por la presunta comisión del delito de Lesiones, previsto y sancionado en el artículo 420 del Código Penal, en perjuicio de la ciudadana MARÍA ISABEL PÉREZ RODRÍGUEZ, puesto que de las actuaciones policiales se evidencia que el mismo fue aprehendido en el lugar o cerca del lugar donde se cometieron los hechos, llenando así los extr.....