Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA PENAL FUNCIÓN CONTROL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO AMAZONAS, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara con lugar la EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL (POR PRESCRIPCIÓN) y en consecuencia DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA seguida contra el ciudadano WILLIAMS LEONEL LOPEZ MARCANO, titular de la Cédula de Identidad N° 16.766.299, venezolano, natural de Los Magallanes de Catia, Caracas, en fecha 03 de Junio de 1983, de 19 años de edad, estado Civil soltero, para el momento de los hechos, de profesión u oficio Panadero, residenciado en el Barrio La Tigrera, casa S/N, Panadería Cunaguaro, de Puerto Ayacucho, estado Amazonas, conforme a los artículos 285 numeral 2 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, 318 numeral 3º del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con lo establecido en .....