Se declara Con lugar la acción de Amparo Constitucional intentada por la ciudadana MARLENE AMELIA CABALLARE, contra el ciudadano FELIPE SANTOS, Alcalde del Municipio Autónomo Alto Orinoco del Estado Amazonas, por la violación del artículo 51 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en relación a la omisión de no responder en forma oportuna y adecuada a la accionante, quien había solicitado información acerca de la cancelación de un adelanto del cincuenta por ciento (50%) de sus respectivas prestaciones sociales que adquirió por haber prestado sus servicios como Secretaria Ejecutiva V de la Alcaldía del Municipio Alto Orinoco del Estado Amazonas.