Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Amazonas, actuando en sede Penal, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara: CON LUGAR LA INHIBICIÓN planteada por la abogada Norisol Moreno Romero, Jueza Primera de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del estado Amazonas, en el asunto XP01-P-2010-000553 (Nomenclatura de ese Tribunal), seguido a los ciudadanos: Jorge Manuel Garrido Escobar, Williams José Jiménez Cabarte, Yormi Jesús Millán López, Manuel Eduardo Maita Solis, Pedro Miguel Martínez Guayamare, Nelson Alexander Rodríguez Ventura y José Manuel Rodríguez Rodríguez, titulares de las cédulas de identidad Nros. 20436456, 17105479, 20436824, 20447770, 19580681, 19805837 y 18505453, respectivamente, por la presunta comisión de los delitos HOMICIDIO CALIFICADO, previsto y sancionado en el artículo 406 numeral 1 del Có.....