En razón de las consideraciones anteriormente expuestas, este TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO AMAZONAS EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, hace los siguientes pronunciamientos: ÚNICO: ACUERDA seguir la presente causa con un TRIBUNAL UNIPERSONAL, que conocerá el juicio oral en la causa seguida a SIMEON FLORES GONZALEZ, Venezolano, titular de la cédula de identidad N° V-17.138.933, natural de Parhuaza, Municipio Cedeño, estado Bolívar, Indígena de la Etnia Piaroa, nacido en fecha 11-12-1983, soltero, de profesión u oficio estudiante, hijo de Jacinto Flores (v) y de Luisa González (v), residenciado en la Comunidad Alto Carinagua, calle principal, casa sin numero, color amarilla al lado de la Familia Silva, al final de donde se encuentra la Escuela la Independencia, de esta ciudad de Puerto Ayacucho, estado Amazonas.
Es importante resaltar que en el caso de marras, es menester.....