En razón de las consideraciones anteriormente expuestas, este TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO AMAZONAS EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, hace los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO, ACUERDA PRESCINDIR de los ESCABINOS y seguir la presente causa con un TRIBUNAL UNIPERSONAL, seguida al acusado RAMON JOAQUIN BLANCA CONTRERAS, de nacionalidad venezolana, titular de la Cedula de Identidad Nº 20.437.442; JUAN CARLOS LOPEZ LOPEZ, de nacionalidad venezolana, titular de la cedula de identidad N° 19.580.199 y ACOSTA ESQUEDA MIGUEL ANGEL, de nacionalidad venezolana, titular de la cedula de identidad N° 26.664.341, por la presunta comisión de los delitos de HOMICIDIO CALIFICADO, previsto en el articulo 406 ordinal 1 del código Penal en concordancia con el articulo 77 numeral 1, 11, 12 ejusdem y el delito de AGAVILLAMIENTO, previsto y sancionado en el articulo 286 del Código Penal, y.....