Por todo lo expuesto anteriormente, este Juzgado de Primera Instancia en función de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Amazonas, Administrando Justicia, en nombre de le República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA: UNICO: OTORGA LA LIBERTAD PLENA al penado: CESAR MIGUEL LIMA CARABALLO, titular de la cédula de identidad N° 17.105.915, de conformidad con lo establecido en el artículo 479 ordinal 1º del Código Orgánico Procesal Penal, en relación con el artículo 105 del Código Penal vigente para la fecha de comisión del delito; en virtud de haber cumplido con la pena principal, que le fuera impuesta por el Juzgado Segundo de Juicio de esta Circunscripción Judicial, en fecha 17-09-2003, de SEIS AÑOS DE PRESIDIO por la autoría responsable del delito de VIOLACIÓN AGRAVADA, previsto y sancionado en el Art. 376 del Código Penal.