En Consecuencia, este Tribunal de Primera Instancia Penal en Funciones de Ejecución de Sentencias del Circuito Judicial del Estado Amazonas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA: SUSPENSIÓN CONDICIONAL DE LA EJECUCIÓN DE SUS PENAS a los Ciudadanos LUIS RAIMUNDO DA SILVA, RAIMUNDO FRANCISCO DOS SANTOS, LISMAR LÓPEZ, JOSÉ CARLOS MEZQUITA SOUSA y HÉCTOR PÉREZ SEPÚLVEDA, aquí debidamente identificados, todo de conformidad a lo dispuesto por los Artículos 479 y 493 (antes 494) del Código Orgánico Procesal Penal y bajo las siguientes condiciones:
1.- Mantener como lugar de residencia en Puerto Ayacucho - Estado Amazonas, la misma que en el Acto de Imposición señalará el ciudadano Vicecónsul (E) de la República Federativa del Brasil en Puerto Ayacucho, señor Leopoldo Soares Campos, caso de sus compatriotas LUIS RAIMUNDO DA SILVA, RAIMUNDO FRANCISCO DOS SANTOS, LISMAR LÓPEZ y JOSÉ CARLOS MEZQUITA SOUSA, mientras que.....