Por todo lo expuesto anteriormente, este Juzgado Único de Primera Instancia en Función de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Amazonas, Administrando Justicia, en nombre de le República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento: Conforme a lo preceptuado en los artículos 5, 6, 13 y 14 Se Redime la Pena por el estudio y el trabajo al ciudadano RAMIRO ARMANDO TAPO SOSA, , titular de la cédula de identidad Nº 15.500.797, venezolano, natural de San Fernando de Atabapo, Municipio de Atabapo del Estado Amazonas, de estado civil Soltero, de profesión u oficio indefinido, hijo de Tapo Juan Manuel (v) y Eloisa Sosa (v), residenciado en la Comunidad del Cucurital detrás de la Iglesia, casa s/n, de esta ciudad de Puerto Ayacucho, estado Amazonas y actualmente se encuentra cumpliendo pena de cuatro años de prisión en el Internado Judicial del Estado Apure por la comisión del delito de ROBO GENERICO sancionado en el artículo 455 del Código .....