En base a los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos este JUZGADO ÚNICO DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIÓN DE EJECUCIÓN DE SENTENCIAS DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL ESTADO AMAZONAS, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, acuerda a favor de los penados JOSÉ OSWALDO JIMÉNEZ GONZÁLEZ, venezolano, 14.258.333, natural de esta ciudad, de estado civil soltero, de profesión u oficio albañil, residenciado en el Barrio San José, calle las tinieblas, casa N° 171, de esta ciudad y JOSÉ REINALDO JIMÉNEZ GONZÁLEZ, venezolano, de 26 años de edad, natural de esta ciudad, de profesión u oficio Herrero, soltero, titular de la cédula de identidad N° 17.105.853, residenciado en el Barrio San José, calle las tinieblas , casa N° 171, resultaron condenados en fecha 25 de Abril de 2.007, (F.241 al 301 de la pieza 8) por el Juzgado Primero de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado.....