Por cuanto se evidencia que penado WILLIANS JIMENEZ GONZALEZ, desde el 24 de Junio de 2007, opta a la Medida de Pre Libertad de Destacamento de Trabajo, este Despacho en atención al Principio de Progresividad Penitenciario consagrado en el artículo 272 Constitucional, acuerda librar comunicación a la Unidad Técnica Nro. 10 de este estado Amazonas, a fin que le sea designado de manera urgente un equipo multidisciplinario y practique a los mencionados sub iudice los exámenes psico-social. Notifíquese del presente auto, a su Defensor y al Fiscal del Ministerio Público. A tal efecto, líbrense la Boleta de traslado. Líbrese los oficios dirigidos: Departamento de Vigilancia y Ejecución de Sentencias Penales. Dirección de Rehabilitación y Custodia del Ministerio para el Poder Popular del Interior y Justicia, al Jefe de la División de Antecedentes Penales del Ministerio del Interior y Justicia, al Presidente del Consejo Nacional Electoral; al Jefe de la Oficina de Personal de la Administración.....