Al respecto, establece el artículo 509 del Código Orgánico Procesal Penal, que el tribunal podrá rechazar sin límite alguno la solicitud cuando sea manifiestamente improcedente, toda vez que el penado ha demostrado su voluntad de no cumplir la pena y su consecuente reinserción social, debe inconsecuencia NEGARSE la solicitud de REDENCIÓN DE LA PENA POR EL ESTUDIO Y EL TRABAJO AL PENADO LUIS ENRIQUE MACHADO, edad 19 años, cédula 21007291, estado civil soltero, profesión u oficio Estudio Colombo Silva Bolívar, Liceo, 2do año (8vo. Grado), 22/09/1989, Bolívar, Dirección actual Carinagua Sucre, una iglesia evangélica, con la señora Dora, Puerto Ayacucho Municipio Atures del Estado Amazonas, conforme a lo dispuesto en el artículo 4 de la Ley de Redención Judicial de la Pena y el estudio, por cuanto el mismo se evadió del Centro Estadal de Detención Judicial Amazonas en fecha 14-03-10. Notifíquese a la defensa, fiscal, director del Centro Estadal de Detención Judicial Amazonas y a la Junt.....