DISPOSITIVA:
Así las cosas y por cuanto nuevas circunstancias lo justifican, procede este Tribunal a la actualización del cómputo y opciones penitenciarias, atendiendo a requerimiento de su defensora pública en fecha 21 de abril de 2006, como sigue:
PRIMERO: HENRY ANDRÉS PERALES CAMICO, desde el 06-02-2001 cuando fue privado de su libertad hasta el 23-11-2005 cuando se fuga, hubo transcurrido CUATRO (04) AÑOS, NUEVE (09) MESES y DIECISIETE (17) DÍAS del tiempo de condena, que luego de su captura el 29 de marzo de 2006 aumenta en VEINTISÉIS (26) DÍAS la penitencia cumplida, para un total al día de hoy de CUATRO AÑOS, DIEZ MESES Y TRECE DÍAS.
SEGUNDO: ROLANDO RAFAÉL PERALES CAMICO, desde el 06 de febrero de 2001, fecha de su detención, hasta el 07 de febrero de 2006, cuando se da a la fuga, tenía cumplida penitencia por CINCO AÑOS Y UN DÍA. Que sumándole CATORCE DÍAS transcurridos desde su reciente aprehensión al día de hoy, la penitencia cumplida es de CINCO AÑOS y QUINCE DÍAS.
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