Se declaró CON LUGAR la solicitud de Divorcio presentada por los ciudadanos RAFAEL ARMANDO FUENTES ACOSTA y CREILYS YURABITH GRACÍA HERRERA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros.V.-10.921.325 y V.-13.964.294 respectivamente, ambos cónyuges entre sí, con domicilio en esta ciudad de Puerto Ayacucho, Estado Amazonas, en consecuencia, declara disuelto el matrimonio civil celebrado en fecha dieciocho (18) de abril de 1.994 por ante el Concejo Municipal del Municipio Atures del Estado Amazonas, y anotada bajo el N°.-03 en los Libros de Registro Civil de Matrimonios llevados por ese Despacho.
Se homologan los acuerdos celebrados por los solicitantes en cuanto a la Guarda, Obligación Alimentaria y Régimen de Visitas del niño ARMANDO ANDRÉS. Ambos padres ejercerán la Patria Potestad. La Guarda la seguirá ejerciendo la madre. Establecen un Régimen de Visitas abierto, tomando en consideración que las vacaciones serán alternas para ambos padres. La progenit.....