Se dicta MEDIDA DE COLOCACION FAMILIAR a favor del adolescente JAVIER ENRIQUE CARRASQUEL ORTEGA, y la misma sea ejecutada en el hogar de la ciudadana HERFIDA LARA, supra, en virtud de la presente disposición, se le concede a la ciudadana antes mencionada, la guarda de dicho adolescente, así como su representación para actos relativos a la vida escolar, asistencial y para viajar dentro del país, por el período que perdure la colocación familiar.