Por todas estas circunstancias, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado amazonas administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 131 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, modifica la Colocación Familiar dictada en fecha 09 de noviembre de 2004, y confiere la Colocación Familiar del niño DANIEL RAFAEL a la ciudadana CARMEN ZUSMIRA GONZALEZ por el lapso de UN (01) año. En virtud medida de presente disposición se le concede a la mencionada ciudadana la guarda del precitado niño y su representación para actos relativos a la vida escolar, asistencial y para viajar dentro del país, por el período que perdure la Colocación Familiar.