En virtud de las anteriores consideraciones este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley le imparte HOMOLOGACIÓN al convenio de obligación alimentaria presentado por las representantes del Consejo de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Municipio Autónomo Autana del Estado Amazonas.