Por todos los razonamientos antes expuestos, esta Sala de Juicio del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Amazonas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA TERMINADA LA CAUSA, en virtud de la LITISPENDENCIA, y en consecuencia, queda EXTINGUIDO LA INSTANCIA en la presente causa, conforme al artículo 61 del Código de Procedimiento Civil Venezolano.