Por todas las anteriores razones, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Amazonas, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda de cumplimiento de la Obligación Alimentaria incoada por la representante del Ministerio Público en contra del ciudadano ROMEL WINED DESPAS GUAPO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-8.947.978, en consecuencia se condena al demandado a pagar:
1.- La cantidad de SETECIENTOS CINCUENTA Y OCHO MIL CUATROCIENTOS BOLÍVARES (Bs. 758.400,00) de deuda acumulada a la presente fecha más los intereses moratorios calculados a la rata anual del 12%, conforme lo establece el artículo 374 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente.
2.- A los fines de garantizar el cumplimiento de la Obligación Alimentaria de conformidad con el artículo 521 literal "c" de la Ley Orgá.....