este Despacho Judicial, a cargo de la Juez Unipersonal Temporal N° 2 de la Sala de Juicio del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción del Estado Amazonas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con el artículo 360 de la Ley Orgánica para la Proteccion de Niños, Niñas y Adolescente le imparte HOMOLOGACIÓN al convenio de responsabilidad de crianza, presentado por la Representante del Ministerio Público, Abogada CARMEN TERESA ESPAÑA ESPINOZA, Fiscal Tercera del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Amazonas, suscrito por los ciudadanos MARIA LIDIA RIVAS FRANCO y ELKAR RAFAEL SILVA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-14.564.065 y V-13.714.279, respectivamente y la ciudadana JOSEFA FRANCO CHIPIAJE, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-8.903.480. Cúmplase lo ordenado.
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