este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCION DE CONTROL SECCIÓN ADOLESCENTES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO AMAZONAS, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y POR AUTORIDAD DE LA LEY declara PRIMERO: CON LUGAR el SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO, a solicitud del Misterio Público, por cuanto la acción penal se ha extinguido en la investigación seguida al adolescente: (IDENTIDAD OMITIDA), de nacionalidad venezolana, natural de esta ciudad, que para el momento de la denuncia tenía 16 años, soltero, estudiante de cédula de identidad N° V-23.64.588, residenciado en San Enrique, sector La Piedra, casa s/n, Puerto Ayacucho Estado Amazonas, por la presunta comisión del delito de ACTOS LASCIVOS previsto y sancionado en el artículo 377 del Código Penal, vigente para el momento en que ocurrieron los hechos, todo de conformidad con lo preceptuado en los artículos 285 numeral 4° de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, 37 ordinal 15 de la.....