éste TRIBUNAL EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN SECCIÓN PENAL DE RESPONSABILIDAD DE ADOLESCENTES, ADMINSISTARNADO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, PRIMERO: DECRETA ejecutada la Sentencia Condenatoria de fecha 07/02/2012, dictada a los sancionados: IDENTIDAD OMITIDA, ello de conformidad con el artículo 65 de la Lopnna, a cumplir la sanción de PRIVACION DE LIBERTAD por el lapso de NUEVE (09) MESES, la cual cumplirá en la Casa de Formación Integral Amazonas ubicada en la Urbanización Chaparralito en esta ciudad de Puerto Ayacucho, de conformidad con lo pautado en los artículos 583, 620 literal "f" y 628 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, por la comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 458 del Código Penal, en perjuicio de la ciudadana ERIKA ALMIRA GARCÍA, y por la comisión del delito de FUGA DE DETENIDOS, previsto y sancionado en el artículo 258 del Código Penal, en.....