ESTE TRIBUNAL EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN SECCIÓN PENAL DE ADOLESCENTES, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, PRIMERO: Decreta ejecutada la Sentencia sancionatoria publicada en fecha 18 de Enero de 2012, por el Tribunal Único de Control de la Sección de Responsabilidad Penal del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Amazonas, en contra del hoy joven adulto: DIEGO EULISES RIVAS SILVA, de nacionalidad Venezolana, nacido en fecha 06/01/1992, de 20 años de edad, de estado civil soltero, natural de Puerto Ayacucho, Estado Amazonas, titular de la cédula de identidad N° 20.721.243, por la comisión del delito de RAPTO CONSENSUAL, tipificado y sancionado en el primer aparte del artículo 384 del Código Penal Venezolano, en perjuicio de la adolescente IDENTIDAD OMITIDA, ello de conformidad con el artículo 65 de la lopnna, y en atención al artículo 583 de la Ley Especial que rige la Materia, procede a rebajar la sanción .....