Se impone del auto de acumulación de fecha 08 de Octubre de 2013, al Joven Adulto IDENTIDAD OMITIDA, de conformidad con el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, 8, en el cual se sanciona a cumplir las medidas de LIBERTAD ASISTIDA, por el lapso de UN (1) AÑO, con la obligación de asistir ante el Equipo Multidicisplinario del Circuito Judicial Penal del estado Amazonas, con el objetivo de recibir orientación, todo de conformidad al Artículo 620 literal d, en concordancia con los artículo 626 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes y de manera SIMULTANEA la medida de IMPOSICION DE REGLAS DE CONDUCTAS por el lapso de UN (01) AÑO y NUEVE (9) MESES, establecida en el Artículo 624 de la Ley Orgánica Para La Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, son conductas que se imponen para regular el modo de vida del adolescente, que promuevan y aseguren su formación, y de conformidad con lo que establece la norma, coexist.....