Por las razones antes expuestas, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y con competencia en el Régimen Procesal Transitorio de la Circunscripción Judicial del Estado Amazonas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, le imparte HOMOLOGACIÓN al convenio suscrito por los ciudadanos: ARGENIS ENRIQUE MARTINEZ ZAMBRANO MARTINEZ Y ANNE ANNIA ANAYS GOMEZ DE LOS RIOS, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros V- 17.863.819 y V.-18.835.614 respectivamente, de conformidad con lo previsto en el artículo 470 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en concordancia del 263 del Código de Procedimiento Civil. Es todo. Se terminó, se leyó y conformes firman. Líbrese oficio al Banco Banesco. Cúmplase.-
EL JUEZ