en consecuencia, este Órgano Jurisdiccional administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de Ley en aplicación del Interés Superior, y la Prioridad Absoluta acuerda, librar oficio al Director de la Contraloría Municipal de Atures, a fin de comunicarle lo conducente, a los fines de que realicen el descuento del estipendio percibido por el ASWIN LEONARDO CASTILLO CEDEÑO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-15.500.660, de las siguientes cantidades:
1.-La cantidad de MIL BOLÍVARES (1.000,00 Bs.) mensuales, por concepto de obligación de manutención.
2.- La cantidad de DOS MIL BOLIVARES (BS. 2.000,00 Bs.), anuales como bono escolar.
3.- La cantidad de TRES MIL BOLIVARES (BS. 3.000,00 Bs.), anuales como bono navideño.
4.-La cantidad de CUATRO MIL OCHOCIENTOS BOLIVARES (4.800,00 Bs.), en virtud de la deuda sostenida por el obligado, la cual deberá ser descontada a razón de dos cuotas de SEISCIENTOS BOLIVARES.....