Por lo anteriormente expuesto y con fundamento en las disposiciones legales antes señaladas, este Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Amazonas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con el artículo 75 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y artículos 26, 396 y 400 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, declara: PRIMERO: CON LUGAR la demanda, interpuesta por la ciudadana MAIRA CAROLINA ALBINO RODRIGUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-21.549.999, de este domicilio, actuando en resguardo y defensa de los intereses de su hermana, la niña (IDENTIDAD OMITIDA), de diez (10) años de edad, debidamente asistido en este acto por la Abg. ODALYS SANDREA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-9.758......