este Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Amazonas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA MEDIDA PROVISIONAL DE RETENCIÓN sobre el estipendio percibido por el ciudadano: JOSE GREGORIO PARRA BLANCO, antes identificado, quien es funcionario dependiente de la Contraloría General del Estado Amazonas, por la cantidad de BOLÍVARES DOSCIENTOS (Bs. 200,00) mensuales por concepto de obligación de manutención; en tal sentido, se acuerda oficiar a la oficina de Recursos Humanos de la Contraloría del Estado Amazonas, a los fines de imponerlos sobre el monto provisional a descontar. Del mismo modo, vista consignación de la copia fotostática de la libreta de ahorros ordenada aperturar en la Entidad Bancaria Bicentenario, a nombre del niño IDENTIDAD OMITIDA, se aprecia en la referida copia fotostática no es legible, razón por la cual se insta a la accionante a consignar or.....