Este Juzgado Segundo de Primera Instancia Penal en Función de Control del Circuito Judicial de la Circunscripción Judicial del Estado Amazonas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: Primero: decreta la Privación Judicial Preventiva de Libertad de conformidad con el artículo 250 concatenado con el parágrafo primero del artículo 251 todos del Código Orgánico Procesal Penal, al ciudadano Astudillo Sosa Edwin de Jesús titular de la cedula de identidad N° 11.723.948, venezolano, de 35 años de edad, soltero, residenciado en Prolongación Andrés Eloy Blanco, casa N° 954, de esta ciudad, Funcionario Público, por el delito de Robo Agravado y uso indebido de arma de reglamento, previstos y sancionados en los artículos 458 y 281 ambos del Código Penal. Ordenó el Procedimiento ordinario Así se decide.- Segundo: Acordó la práctica del reconocimiento en rueda de individuos con la finalidad de que la.....