ESTE TRIBUNAL SEGUNDO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO AMAZONAS, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, hace los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: SE DECRETA EL ARCHIVO JUDICIAL DE LAS ACTUACIONES en la presente causa seguida a los ciudadanos al ciudadano VEGA LUIS DANIEL, titular de la cédula de identidad Nº 19.262.075, de nacionalidad Colombiana, de 55 años de edad, natural de la República de Colombia, donde nació en fecha 21/07/55, estado civil soltero, de profesión u oficio Comerciante, residenciado en el Barrio El Bagre, calle principal, casa sin número, de esta Ciudad, por la presunta comisión de los delitos de ULTRAJE, previsto y sancionado en el artículo 222 del Código Penal, en perjuicio de los funcionarios SUB-INSPECTOR ALEXANDER GIL e INSPECTOR ARMANDO ROJAS, adscritos a la Sub-Delegación de Puerto Ayacucho del Cuerpo de Investigaciones, Científicas, Penales y Criminalisticas.
SEGUNDO: Se decreta el cese inmediato de todas las m.....