ESTE TRIBUNAL SEGUNDO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO AMAZONAS, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, hace los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se aprueba el ACUERDO REPARATORIO entre los imputados HUGO RAMON MEDINA CHAVEZ, titular de la Cédula de Identidad V.- 14.564.982, y MARINA DEL VALLE CHAVEZ TORRES, titular de la Cédula de Identidad V.- 8.903.338,, y la victima ciudadano RAUL PANIAGUA, por la Presunta Comisión del delito PERTURBACION DE LA POSESION PACIFICA, previsto y sancionado en el Articulo 472 del Código Penal, quedando obligado a cumplir la reparacion efectiva o el cumplimiento total de la obligación, en el lapso establecido. Y ASI SE DECIDE.
Publíquese, regístrese, déjese copia de la presente sentencia interlocutoria.-