Se Decreta la calificación de la Aprehensión en Flagrancia y la continuación por la vía penal ordinaria, según lo pautado en los artículos 248 y 373 del Código Orgánico Procesal Penal, contra los Ciudadanos: FERNANDO ANTONIO ZAPATA LARA, venezolano, nacido el 05-12-82, titular de la Cédula de Identidad N°V-16.767.347, de profesión bachiller, residenciado en San Enrique, sector Los Cajones, frente al Pre-escolar Madre Teresa de Calcuta, de esta Ciudad de Puerto Ayacucho Estado Amazonas, ROMERO GUZAMANA GREGORY WILSON, venezolano, nacido el 03-05-84, titular de la Cédula de Identidad N°V-17.106.295, residenciado en San enrique, por la entrada de Cemil, casa de dos plantas, color verde, de esta Ciudad de Puerto Ayacucho Estado Amazonas y GREDERY ISMAEL URBINA ALVAREZ, venezolano, nacido el 15-10-84, titular de la Cédula de Identidad N°V-18.243.065, de profesión estudiante, residenciado en San Enrique, sector Los Cajones, cerca de la biblioteca de San Enrique, casa S/N, color blanca, de es.....