En consecuencia, este Juzgado Tercero de Control de Primera Instancia en lo Penal del Estado Amazonas, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA: MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA al imputado RAFAEL FERNANDO DIAZ MARIÑO, venezolano, de 48 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio jubilado, residenciado en la Urb. Guaicaipuro II, casa N° 04, calle 2, al lado de Luís Pérez, portador de la cédula de identidad Nº V-8.902.846, por la presunta comisión de los delitos de LESIONES CULPOSAS, previsto y sancionado en el artículo 420 del Código penal en perjuicio de las ciudadanas: NOHELY ESCOBAR Y YASMIRA LOPEZ, todo ello en virtud de lo establecido en el artículos 248, 373 y 256.3 todos del Código Orgánico Procesal Penal.- Así se decide.- Líbrese las notificaciones y oficios respectivos.-