TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO AMAZONAS EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, emite los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: CONDENA al ciudadano JUAN JOSÉ MAYUARE GÓMEZ, titular de la cedula de identidad N° 17.675.924, 24 años de edad, nacido en fecha 17-06-86, trabajo el Pio 11, de soldadura, residenciado en le barrio quebrada seca, calle principal, una casa verde de rejas vino tinto, en frente tiene una matas de palma, hijo Nilza Gómez (v) y Jorge Mayuare (V), a cumplir la pena de UN (01) AÑO Y SEIS (06) MESES DE PRISION, por la comisión del delito de PORTE ILÍCITO DE ARMA DE FUEGO, tipificado en el articulo 227 del Código Penal, en perjuicio de la Colectividad.
SEGUNDO: Se le CONDENA a cumplir las penas accesorias establecidas en el artículo 16 del Código Penal.
TERCERO: Se exime del pago de las costas procesales de conformidad con lo establecidos en los artículos 2.....