Se Decreta Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad, contra el imputado: Daniel Antonio Gómez Rodríguez, venezolano, nacido el 23-12-57, titular de la cédula de Identidad N° V- 1.568.258, de profesión contador, hijo de Juan Bautista Gómez (D) y Carmen de Gómez (V) y residenciado en la Urb. San Enrique, entrada del Hotel Guayabal, casa color beige y techo rojo de esta ciudad de Puerto Ayacucho Estado Amazonas, por considerar que el imputado no presenta peligro de fuga u obstaculización en la búsqueda de la verdad, de conformidad con lo establecido en el artículo 256 numeral 3° del Código Orgánico Procesal Penal,