En consecuencia, este Tribunal Tercero de Control de Primera Instancia Penal del Estado Amazonas, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA: MEDIDA DE PRIVACION JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD al imputado JOSE ALEXANDER ESCOBAR GARCIA, venezolano, de 27 años de edad. Natural de Puerto Ayacucho Estado Amazonas, nacido en fecha 25-01-82, de estado civil soltero, titular de la cédula de identidad Nº 15.500.514, residenciado en el Av. principal de la Urb. Guacaipuro I, casa Nº 1278 de color verde frente al preescolar Guacaipuro, hijo de José Gregorio Escobar (V) y Carmen Isvelia García (V) , por el delito de Tráfico de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, modalidad Ocultamiento, previstos y sancionados en el Artículo 31 de la Ley Orgánica contra el Tráfico ilícito y consumo de sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en perjuicio de la COLECTIVIDAD, de conformidad con lo establecido en .....