SE ORDENA EL ENJUICMIANTO ORAL Y PUBLICO de los ciudadanos: RICARDO RAMIREZ FLORES, LARGACHA MURILLO LUIS COLOMBIA e IVHARGUER MURILLO PABLO FRANCISCO, ello en virtud de haberse ADMITIDO en su totalidad la acusación penal presentada por la Fiscalía Primera del Ministerio Público Circunscripcional, por la comisión del delito de Ocultamiento de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, previsto y sancionado en el artículo 34 de la ley Orgánica Sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, todo de conformidad con los artículos 330 y 331 del Código Orgánico Procesal Penal. En consecuencia, se emplaza a las partes a concurrir en un plazo común de 5 días, ante el Tribunal de Juicio de esta Circunscripción Judicial.