En razón de las consideraciones anteriormente expuestas, este TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO AMAZONAS EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, hace los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: ACUERDA PRESCINDIR de los ESCABINOS y seguir la presente causa con un TRIBUNAL UNIPERSONAL, seguida al acusado MANUEL ARGENIS CAÑA LUNA, venezolano, titular de la cedula de identidad Nº V- 18.835.307, natural de Puerto Ayacucho, nació en fecha 19-11-1983, de 26 años de edad, de estado civil soltero, profesión u oficio mecánico, hijo de Zoila Luna (v) y de Juan Caña (f), residenciado en la Florida sector el aserradero, calle principal, casa sin numero, diagonal a la bodega el aserradero, la presunta comisión del Delito de HOMICIDIO INTENCIONAL, previsto y sancionado en el artículo 405 del Código Penal y WILMER OSEAN INFANTE GUTIERREZ, de nacionalidad venezolana, titular de la Ced.....