Habiendo analizado esta Instancia Judicial el petitorio fiscal, del cual se desprende que el mismo advierte que en la actualidad no existen elementos de convicción suficiente que permitan presentar otro acto conclusivo distinto al presentado, esto es, el Archivo Fiscal de las actuaciones, dado que en su criterio, el resultado de la investigación no arrojó elementos suficientes que permitan acusar al ciudadano ADOLFO YAVINA ANDUEZA. En criterio del despacho fiscal, son estos los motivos que impulsan a esa representación el presentar el archivo fiscal.
Así las cosas, lo procedente y ajustado a derecho será ordenar el cese de las Medidas Cautelares Sustitutivas de Libertad, que pesan en contra del ciudadano ADOLFO YAVINA ANDUEZA, decretadas por este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en fecha 26 de febrero de 2005 e igualmente cesa la condición de imputado del referido ciudadano, ello de conformidad con el artículo 315 del Código Orgánico Procesal Penal, en consecuencia líbre.....