Se dictó decisión en el cual se fundamenta la ADMISION DE LOS HECHOS realizada por el acusado MARCOS ALEXANDER HEREDIA PUERTA, a quien se le impuso la pena de UN (01) AÑO, SEIS (06) MESES de PRISION, por el delito de FALSEAMIENTO DE DOCUMENTOS, previsto y sancionado en el articulo 78 de la Ley contra La Corrupción en concordancia con el articulo 83 del Código Penal, se ordena la remisión del presente asunto al Tribunal de Ejecución.