En tal sentido, este TRIBUNAL SEGUNDO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO AMAZONAS ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, ADMITE TOTALMENTE el escrito de acusación presentado por el Ministerio Público en fecha 04OCT2011, por cuanto el mismo reúne los requisitos exigidos en el artículo 326 del Código Orgánico Procesal Penal, todo de conformidad con el 330, ordinal 2 eiusdem, y define la participación del ciudadano BRACA JOSE ALEXANDER, titular de la cédula de identidad Nº 12.628.418,, atribuyéndole a los hechos una calificación jurídica provisional en la presunta comisión del delito de VIOLENCIA SEXUAL, previsto y sancionado en el artículo 43 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de la Mujer a una Vida Libre de Violencias, en perjuicio de la adolescente KALENA ELIZABETH BRACA MENDEZ, lo que trae como consecuencia, que se declare SIN LUGAR la excepción opuesta por la defensa, fundamentada en el artículo 28, numeral.....