este Despacho Judicial, a cargo de la Juez Unipersonal Nº 02 de la Sala de Juicio del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción del Estado Amazonas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, le imparte HOMOLOGACIÓN al convenio de Cumplimiento de Obligación de Manutención, suscrito por los ciudadanos YAKELYN DEL CARMEN SILVA JARO y MELVIN ASCANIO CARIBAN RODRIGUEZ, antes identificados. Líbrese oficio al Ministerio del Poder Popular para la Salud, Puerto Ayacucho, Estado Amazonas, a los fines de informar los montos que deberán descontar por concepto de Cumplimiento de Obligación de Manutención. Cúmplase lo ordenado.
PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE
Dada, firmada y sellada en la Sala de Juicio del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Amazonas, a los trece (13) días del mes de Octubre de 2010. Años 200° de la Independencia y 151° de la Fed.....