DISPOSITIVA
En base a las razones de hecho y de derecho anteriormente expuestas, este Tribunal Segundo en Función de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Amazonas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara SIN LUGAR la solicitud interpuesta por el abogado JESUS QUILELLI, en su condición de Defensor Publico Sexto del acusado ITALO JOSE CORREA, titular de la cédula de identidad N° 8.905.594, actualmente recluido en la Comandancia de la Policía del Estado Amazonas, en el sentido le sea acordada a su patrocinado una medida Cautelar Menos Gravosa que la privación de la libertad por cuanto los diferimientos injustos a que refiere el solicitante es su escrito tal como quedo evidenciado al inicio de la presente decisión están justificados al ser imposible dar inicio al Juicio Oral y Público sin la presencia de las partes necesarias para ello, por considerar que las circunstancias en el presente caso no han variad.....