Se dictó decreto de SOBRESEIMIENTO de la presenta causa, previa solicitud del Rpresentante del Ministerio Publico, de conformidad a lo establecido en el articulo 318 numeral 3 en concordancia con el articulo 48 numeral 8 todos del Código Orgánico Procesal Penal, en cual se encuentra incurso el imputado GILBERTO JOSE MADRID GUAYAMARE, por la comisión del delito de HURTO SIMPLE, previsto y sancionado en el articulo 453 del antiguo Código Penal.-Remitase la presente causa al ARCHIVO JUDICIAL para su guarda y custodia.-